Recibo de sueldos decreto 407/2026: Cómo calcular las contribuciones patronales


Desde la publicación del decreto 407/2026 quienes liquidan sueldos se ven en la obligación de calcular las contribuciones a cargo del empleador al momento de confeccionar el recibo de sueldos. Para ello traemos una alternativa que estimamos puede ayudar a su estimación.
Recordamos que contamos con planillas para la generación de los recibos de acuerdo al decreto 407/2026 y también para el servicio Libro de Sueldos Digital de ARCA, pueden consultarnos a través del siguiente formulario.
 

Contribuciones de seguridad social

Para el cálculo de los porcentajes de contribuciones de este punto se puede entrar al servicio de ARCA (ex AFIP) Declaración en Línea y en el menú seleccionar Para consultar > Declaraciones Juradas generadas > y dentro de Ver otros documentos seleccionar por CUIL Allí se nos abrirá una pantalla donde se mostrarán todas las bases imponibles y el cálculo de contribuciones y aportes por cada empleado separando lo que es seguridad social y obra social. Entonces sacando el porcentaje entre el importe calculado de contribuciones y la respectiva base imponible tendremos el dato buscado.
Dado que los porcentajes no suelen modificarse de un mes a otro pueden calcularse los de la declaración jurada del mes pasado del mismo trabajador y trasladarlos al mes de liquidación, no obstante siempre considerar la posibilidad de que algún cambio en la situación del empleado o de la empresa pueda modificarlos.
Veamos un ejemplo: 


 
Si sumamos los siguientes conceptos de contribuciones de seguridad social y lo dividimos por la base imponible 10 tendremos el porcentaje:
 
Previsional:                    170.121,92 
PAMI:                              25.115,49
Fondo Nac. de Empleo:   14.848,15
Asigs. Familiares:            74.240,76
Total                               284.326,32
Base imponible 10      1.579.590,71
Porcentaje calculado                 18 %

Si se desea desagregar el porcentaje entre PAMI y el resto, estos serían 1,59 % y 16,41 % respectivamente.
En caso de no corresponder la detracción de la ley 27430 habrá que tomar las bases imponibles 1 y 2 para calcular los porcentajes.
Si tenemos un trabajador que por efectuar una tarea diferencial tiene un porcentaje extra habrá que sumar también ese ítem para el cálculo.

Contribuciones de obra social

Si sumamos los siguientes conceptos del apartado de contribuciones de obra social y lo dividimos por la base imponible 8 tendremos el porcentaje aplicable a ese rubro:
 
Contribución:               89.568,46
ANSSAL:                     15.806,20
Total                           105.374,66
Base imponible 8    1.756.244,39
Porcentaje calculado              6 %

Contribuciones ART

Para la ART habrá que tomar el porcentaje de alícuota que tiene la empresa (también se puede consultar en Declaración en Línea > Para actualizar sus datos de Empleador) y sumarle la suma fija destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) que dispone la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Este monto lo determina ese organismo por disposición aproximadamente el día 22 de cada mes por lo que si se realiza el cálculo antes de esa fecha una alternativa sería tomar el del mes anterior.
 

Contribuciones sindicato

Respecto al sindicato habrá que tomar una metodología similar, es decir sumar el monto de contribuciones pagado sobre la base imponible aplicable. En este punto la liquidación de cada sindicato tiene sus propias características.
 

Contribución seguro colectivo de vida obligatorio

Este es el punto mas sencillo ya que se trata de una suma fija por trabajador que se actualiza anualmente en marzo.
 

En resumen, para calcular las contribuciones patronales del recibo de sueldo según el Decreto 407/2026 hay que sumar cinco componentes: las contribuciones de seguridad social y de obra social (ambas obtenibles desde ARCA Declaración en Línea), la alícuota de ART más el FFEP vigente, la contribución al sindicato según su propia metodología, y el seguro de vida colectivo obligatorio, que es un monto fijo que se actualiza anualmente. Como estos porcentajes no suelen variar de un mes a otro, una vez calculados pueden reutilizarse en las liquidaciones siguientes, revisando igual cualquier cambio en la situación del empleado o de la empresa.

En Planillas Útiles contamos con planillas para generar los recibos de sueldo según el Decreto 407/2026 y para el Libro de Sueldos Digital de ARCA. Si te sirvió esta guía o tenés dudas sobre tu caso particular, escribinos a través de este formulario.

 

 

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